¿En qué consiste la medida?
- Aplica como alternativa a la sanción en la primera infracción de cada tipo tipificada en el Código Tributario.
- Dirigida a microempresas (umbrales definidos por la norma), independiente del régimen tributario.
- Los cursos serán organizados por la SUNAT y podrán ser virtuales; el incumplimiento de la asistencia habilita la imposición de la sanción correspondiente.
Objetivo y ventajas
La medida busca promover una cultura de cumplimiento a través de la capacitación. Entre las ventajas esperadas:
- Reducir infracciones por desconocimiento o error administrativo.
- Dar a las microempresas una oportunidad para regularizar procesos sin impacto económico inmediato.
- Incentivar formalización y buenas prácticas contables/tributarias.
Límites, excepciones y riesgos
No todas las situaciones serán elegibles para este mecanismo. Detalles importantes a considerar:
- No aplica si ya hubo sanciones previas por la misma infracción.
- Quedan excluidos casos de personas naturales o empresas con antecedentes penales tributarios o aduaneros.
- Riesgo: si la capacitación no es de calidad, el efecto disuasorio se reduce y puede convertirse en un mero trámite.
Qué deben hacer los microempresarios
Consejos prácticos para aprovechar la norma y minimizar problemas:
- Revisar y ordenar la documentación contable y comprobantes de venta.
- Implementar controles básicos: registro de ingresos, conciliación simple y un flujo para emitir comprobantes.
- Capacitar proactivamente al personal administrativo para evitar errores repetidos.
Análisis final
La sustitución de una sanción inmediata por capacitación constituye una visión pedagógica del cumplimiento tributario: prioriza la corrección sobre el castigo. Su efectividad dependerá principalmente de la calidad del diseño del curso, la fiscalización y la voluntad de la SUNAT para dar seguimiento real. Para emprendedores y microempresarios es un llamado a formalizar procesos y tomar la capacitación con seriedad.
Referencias
Texto base y análisis: actualidadempresarial.pe — Decreto Supremo y comentario legal.
Fuentes adicionales (contexto): comunicados y notas sobre implementación de SUNAT.